Micelio

Artículo 175

Cuando La Cuenta De Cobro Alcance Á Cien Pesos Ó Exceda De Esta Cantidad, Se Acompañará Á Ella Copia Del Contrato Extendido En El Papel Correspondiente

Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la cuenta de cobro alcance á cien pesos ó exceda de esta cantidad, se acompañará á ella copia del contrato extendido en el papel correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 153 de 1898