°. Aprobación del Programa de Enajenación. Apruébese el Programa de Enajenación (en adelante el “Programa”), en los términos previstos en el presente decreto, de cincuenta y ocho millones novecientos veinticinco mil cuatrocientos ochenta (58.925.480) acciones ordinarias (en adelante las “Acciones”) que Ecopetrol S.A. (en adelante “Ecopetrol” o el “Enajenante”) posee en la empresa Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. (en adelante “ISA”), equivalentes al cinco coma treinta y dos por ciento (5,32%) del capital suscrito y pagado en circulación de dicha sociedad.
La totalidad de las Acciones se encuentran desmaterializadas y depositadas en el Depósito Centralizado de Valores de Colombia, Deceval S.A. (“Deceval”) , por lo que esta entidad ejerce la custodia y administración de las mismas, conforme consta en el Certificado 0000047691 del 23 de febrero de 2015.