Micelio

Artículo 109

Ley 1151 de 2007 · por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónase el siguiente parágrafo al artículo 88 de la Ley 99 de 1993:

“ Parágrafo 2°. El Fonam tendrá una subcuenta denominada “Restauración de daño ambiental” para el manejo de los recursos a que se refiere el numeral 7 del artículo 90 de la Ley 99 de 1993, así como de los recursos que por donación o a cualquier título reciba. Tales recursos se destinarán exclusivamente a la financiación de proyectos de inversión y obras de recuperación, rehabilitación y restauración de ecosistemas o áreas afectadas por contaminación o daños ambientales”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1151 de 2007