La Dirección Nacional De Transportes Y Tarifas Procederá, De Acuerdo Con El Artículo 3º De La Ley Que Se Reglamenta, A Revisar Las Tarifas De Los Ferrocarriles Nacionales Y De Las Empresas De Transporte Subvencionadas Por El Estado, Con El Fin De Reformarlas En El Sentido De Que El Flete Compensado Para El Transporte Del Trigo Nacional Sea Un30% Inferior Al Fijado Para Las Harinas De Trigo Extranjero, Con El Objeto De Que Puedan Abastecerse Los Molinos Establecidos En Zonas No Productoras De Trigo Y También Para Evitar Que La Harina De Trigo Extranjero Haga Competencia Al Producto Nacional En El Interior Del País
Decreto 487 de 1943 · Por el cual se reglamenta la Ley 42 de 1942
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. La Dirección Nacional de Transportes y Tarifas procederá, de acuerdo con el artículo 3º de la Ley que se reglamenta, a revisar las tarifas de los Ferrocarriles Nacionales y de las empresas de transporte subvencionadas por el Estado, con el fin de reformarlas en el sentido de que el flete compensado para el transporte del trigo nacional sea un30% inferior al fijado para las harinas de trigo extranjero, con el objeto de que puedan abastecerse los molinos establecidos en zonas no productoras de trigo y también para evitar que la harina de trigo extranjero haga competencia al producto nacional en el interior del país.
Parágrafo
Asimismo, queda autorizada la Dirección Nacional de Transportes y Tarifas para tomar la medida a que se refiere éste artículo, en relación con las empresas de transporte de servicio público fluviales y terrestres, estableciendo la tarifa diferencial de un 30% a favor del trigo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.