El Inspector General de las Fuerzas Militares depende directamente del Comandante General de las mismas. Está encargado del control y vigilancia de la instrucción, educación, disciplina y administración de las Fuerzas Militares. En el ejercicio de sus funciones de Inspección fuera de la capital, puede tomar disposiciones en relación con la instrucción, educación, la disciplina, conducta, administración y el régimen interno de las dependencias visitadas, ciñéndose a los reglamentos y disposiciones en vigencia.
Decreto 1325 de 1953 →Vigente
Artículo 15
El Inspector General De Las Fuerzas Militares Depende Directamente Del Comandante General De Las Mismas
Decreto 1325 de 1953 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre organización y mando de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.