Los taludes de los botaderos deberán tener una pendiente tal, que no haya deslizamientos, y deberán ser cubiertos de suelo y revegetalizados de acuerdo con su programación y diseño o cuando se haya llegado a su máxima capacidad.
Decreto 2222 de 1993 →Vigente
Artículo 140
Los Taludes De Los Botaderos Deberán Tener Una Pendiente Tal, Que No Haya Deslizamientos, Y Deberán Ser Cubiertos De Suelo Y Revegetalizados De Acuerdo Con Su Programación Y Diseño O Cuando Se Haya Llegado A Su Máxima Capacidad
Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.