Micelio

Artículo 23

Ley 25 de 1974 · LEY 25 DE 1974, 20/12/1974, Por la cual se expiden normas sobre organización y funcionamiento del Ministerio Público y régimen disciplinario y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El superior inmediato o el Jefe del organismo administrativo que inicie acción disciplinaria deberá dar aviso oportuno a la Procuraduría General de la Nación. Si ésta estuviere adelantando investigación por los mismos hechos y en relación con el mismo o los mismos acusados, o resolviere adelantarla, lo comunicará así a los mencionados funcionarios, con el fin de que suspendan el diligenciamiento y le remitan las diligencias en el estado en que se encuentren. Artículo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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