Micelio

Artículo 29

Decreto 1209 de 1994 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos de la Empresa Colombiana de Petróleos y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La infracción a las prohibiciones de que tratan los dos artículos anteriores acarreará la pérdida del cargo, que será declarada por el Gobierno cuando el infractor sea un miembro de la Junta Directiva, el Presidente o el Liquidador, y por el funcionario competente de acuerdo con los reglamentos internos de la Empresa, cuando se trate de otro funcionario o dependiente de esta. Cuando se trate del Auditor Fiscal o empleados de la Auditoría por quien tenga la función de nombrar a estos empleados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1209 de 1994