Apoyo a la gestión del Comité de Conciliación de las Entidades o quien haga sus veces. Con el fin de dar cumplimiento a sus funciones, los comités de conciliación o quien haga sus veces en las entidades públicas, de conformidad con el artículo 120 de la Ley 2220 de 2022, o la norma que lo modifique, adicione o sustituya, deberá utilizar la información registrada en el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI y las herramientas dispuestas en este, las cuales contribuyen al mejoramiento de la capacidad de defensa jurídica de las entidades.
TEXTO CORRESPONDIENTE A