Micelio

Artículo 5

º Otorgamiento Del Registro Sanitario Especial

Decreto 2306 de 1987 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos V y VI de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a la importación y venta de bebidas alcohólicas, alimentos y cosméticos en unos Puertos Libres.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º OTORGAMIENTO DEL REGISTRO SANITARIO ESPECIAL. El Registro Sanitario Especial se otorgará por resolución del Jefe del Servicio Seccional de Salud, en la cual se autorizará la importación y comercialización únicamente dentro del territorio del Puerto Libre respectivo. La resolución se deberá publicar, a costa del interesado, en un periódico, boletín o gaceta oficial del territorio de que se trate.

Parágrafo

Copia de dicha providencia, deberá enviarse a la Dirección de Vigilancia y Control o a la Dirección de Saneamiento Ambiental del Ministerio de Salud, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2306 de 1987