Micelio

Artículo 5

º El Pago De La Indemnización Lo Podrá Efectuar El Congreso Nacional Dentro De Los Dos Meses Siguientes A La Fecha De Finalización De Cada Una De Las Etapas Indicadas En El Artículo 12 Del Decreto 1076 De 1992, Teniendo En Cuenta Las Disponibilidades Presupuestales Existentes, Mediante Cheque A Favor Del Beneficiario

Decreto 1330 de 1992 · por el cual se dictan algunas disposiciones relacionadas con el plan de retiro compensado adoptado mediante Decreto número 1076 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El pago de la indemnización lo podrá efectuar el Congreso Nacional dentro de los dos meses siguientes a la fecha de finalización de cada una de las etapas indicadas en el artículo 12 del Decreto 1076 de 1992, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestales existentes, mediante cheque a favor del beneficiario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1330 de 1992