ARTICULO 1o. A partir del 1o. de enero de 1993, el valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración mensual de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP- será de DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($2.588) moneda corriente. El cincuenta por ciento (50%) del valor de dicho punto corresponderá a gastos de representación, únicamente para efectos fiscales.
Decreto 35 de 1993 →Vigente
Artículo 1
O
Decreto 35 de 1993 · por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para el personal de empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP-
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.