Cuando notoriamente el valor de los vienes que se vayan a evaluar en una sucesión no pase de tres mi pesos ($ 3.000.00), pueden los síndicos de Lazareto o los jueces nombrar peritos de personas de reconocida honorabilidad aunque no pertenezcan al cuerpo oficial de expertos de que trata el artículo 31 de la Ley 63 de 1936 .
Ley 48 de 1937 →Vigente
Artículo 10
Ley 48 de 1937 · Por la cual se modifican las Leyes 81 de 1931; 8ª, 53 y 78 de 1935, 63 de 1936, y se dictan algunas disposiciones sobre la Caja Colombiana de Ahorros y sobre defensa del café
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.