Art. 1.º La cesion hecha por la ley 44 de 10 de Marzo de 1873,de los terrenos que allí se mencionan, á favor de los establecimientos de asilo de la ciudad de Bogotá, no implica en ningun modo el despojo de los dueños de mejoras ocupantes de dichos terrenos y en goce de las mejoras en ellas hechas en los términos de esta ley.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.