Artículo diez y seis. El monto del referido auxilio nacional se destinará en primer término a cubrir los gastos propios del Congreso, como arrendamiento del local para sesiones, radiodifusión, papelería, portes postales y telegráficos, publicaciones, etc. En caso de que alguno de los renglones del presupuesto previo elaborado por el Comité de Finanzas resultare insuficiente y otros excesivos, en actos posteriores podrá hacer los traslados del caso para equilibrar tal presupuesto.
Decreto 484 de 1949 →Vigente
Artículo 16
Decreto 484 de 1949 · por el cual se convoca el Segundo Congreso Sindical de Músicos Nacionales, se concede un auxilio y se dictan algunas normas reglamentarias de su funcionamiento.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.