º . Establecer un gravamen arancelario del 20% para la importación de productos del sector calzado clasificados por las subpartidas señaladas en el presente decreto, con precios declarados en términos FOB iguales o superiores a los contenidos en los artículos 1º y 2º de este decreto.
Decreto 3272 de 2008 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3272 de 2008 · por el cual se modifica temporalmente el Arancel de Aduanas y se dictan otras disposiciones para la importación de productos del sector calzado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.