Las Salas del Tribunal Disciplinario Antidopaje, estarán integradas cada una por tres (3) miembros: dos (2) profesionales del derecho y un (1) médico especialista en medicina del deporte.
Como mecanismo de conformación de las salas, los miembros designados saldrán de convocatoria pública previamente establecida, obedeciendo a criterios de mérito, conjuntamente, por los Presidentes del Comité Olímpico y Paralímpico Colombiano y la Asociación Colombiana de Medicina del Deporte -AMEDCO -. Todos los miembros deberán acreditar experiencia relacionada en el Sector del Deporte.
Los miembros del Tribunal Disciplinario Antidopaje, serán escogidos para un periodo de cuatro (4) años.
Los integrantes del Tribunal Disciplinario Antidopaje, expedirán su reglamento de funcionamiento, en el cual se darán su propia organización administrativa, eligiendo para el efecto los presidentes de las salas y el presidente de la Corporación.
En cada una de las Salas del Tribunal Disciplinario Antidopaje deberá haber como mínimo una mujer.
No podrán ser elegidos miembros del Tribunal Disciplinario Antidopaje: