º el aumento correspondiente empezará a pagarse a contar del día 19 de diciembre de 1927, fecha en que el empleado respectivo empezó a prestar sus servicios como Secretario de la Junta Asesora, con imputación a las partidas globales destinadas en las Leyes de Apropiaciones de cada vigencia para pago del personal del Ministerio de Obras Públicas. Comuníquese y publíquese.
Decreto 383 de 1928 →Vigente
Artículo 2
El Aumento Correspondiente Empezará A Pagarse A Contar Del Día 19 De Diciembre De 1927, Fecha En Que El Empleado Respectivo Empezó A Prestar Sus Servicios Como Secretario De La Junta Asesora, Con Imputación A Las Partidas Globales Destinadas En Las Leyes De Apropiaciones De Cada Vigencia Para Pago Del Personal Del Ministerio De Obras Públicas
Decreto 383 de 1928 · Por el cual se adscriben unas funciones y se fija una asignación en el Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.