Micelio

Artículo 15

Decreto 381 de 1922 · Adicional al número 1017 bis, de 16 de agosto de 1901, por el cual se reglamenta el servicio del Ministerio de Relaciones Exteriores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo XV. En la Sección III del Ministerio se llevarán los siguientes libros: Un copiador de correspondencia, sobre asuntos generales; Un copiador de correspondencia sobre pedido y envío de publicaciones; Un libro para registrar minuciosamente los despachos que se hagan por cada correo al Exterior; Un libro en el que se anoten las publicaciones oficiales del Ministerio; Un libro de direcciones de entidades oficiales y particulares extranjeras a quienes se envíen las publicaciones nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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