Funciones de la Junta Directiva Nacional . Son funciones de la Junta Directiva Nacional
Adoptar la política general de la Empresa y los planes y programas que se deban ejecutar.
Vigilar el funcionamiento general de la Empresa y verificar su conformidad con la política adoptada.
Adoptar, con aprobación del Gobierno Nacional, los estatutos orgánicos de la Empresa y cualquier reforma que a ellos se introduzca.
Autorizar la contratación de empréstitos y operaciones de crédito externo con destino a la Empresa y los contratos correspondientes, conforme a los requisitos señalados en las disposiciones legales vigentes.
Autorizar la contratación de empréstitos y operaciones de crédito interno, con destino a la Oficina principal para el desarrollo de su presupuesto.
Fijar, con aprobación del Gobierno Nacional, las tarifas que deba cobrar la Empresa por los servicios que preste.
Conocer previamente la reglamentación de los servicios para los cuales se fijan las tarifas respectivas.
Conocer el presupuesto anual consolidado que ha de ejecutar la Empresa.
Aprobar el presupuesto anual que ha de ejecutar la Oficina principal.
Delegar en el Gerente General algunas de sus funciones y autorizarlo para que a su vez delegue en sus subalternos.
Fijar la estructura administrativa de la Empresa, la planta de personal y escala de remuneración de la Oficina principal y de los terminales marítimos y fluviales.
Autorizar al Gerente General para negociar convenciones colectivas de trabajo, de acuerdo con la política fijada por el Gobierno Nacional, posibilidades y conveniencias de la Empresa.
Autorizar los actos y contratos del Gerente General cuando su cuantía sea superior a cinco millones de pesos.
Aprobar los estados financieros consolidados que le sean presentados.
Conceptuar sobre la conveniencia de las comisiones al exterior del Gerente General y de los demás servidores de la entidad.
Conocer el informe que debe rendir el Gerente General sobre las labores desarrolladas anualmente.
Fijar la escala de viáticos para los empleados y trabajadores de la entidad.
Autorizar a los terminales marítimos la ejecución de las obras y adquisición de equipos operativos, de acuerdo con el programa de desarrollo portuario nacional.
Las demás que no estén expresamente asignadas a otros organismos de dirección o administración.