Micelio

Artículo 1

º Exceptúanse De Lo Dispuesto En El Inciso Primero Del Artículo 2º Del Decreto 2681 De 1993 Los Créditos De Proveedores, Los Cuales Se Celebrarán A Nombre De Las Entidades Estatales Allí Mencionadas, Con Sujeción A Lo Dispuesto En Los Artículos 10 Y 11 Del Citado Decreto Para Los Empréstitos De Las Entidades Descentralizadas Del Orden Nacional Y Sin Perjuicio De Lo Establecido En El Parágrafo Del Artículo 17 Del Mismo Decreto

Decreto 95 de 1994 · por el cual se modifica parcialmente el artículo 2º del Decreto 2681 de diciembre 29 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Exceptúanse de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 2º del Decreto 2681 de 1993 los créditos de proveedores, los cuales se celebrarán a nombre de las entidades estatales allí mencionadas, con sujeción a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del citado Decreto para los empréstitos de las entidades descentralizadas del orden nacional y sin perjuicio de lo establecido en el

Parágrafo

del artículo 17 del mismo Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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