La Junta Departamental de pesca y acuicultura creada por el artículo 33 de la Ley 47 de 1993 , estará integrada así:
El Gobernador del departamento Archipiélago, quien la presidirá; el Secretario de Agricultura y Pesca Departamental; el Director de Coralina; un Representante de los pescadores artesanales de San Andrés Islas y un Representante de los pescadores artesanales de Providencia y Santa Catalina Islas; un Representante de la Industria Pesquera del departamento; un Representante de las entidades académicas del departamento; un Representante de la Dimar y un Representante del Incoder (Subgerencia de Pesca y Acuicultura).
Esta Junta se dictará su propio reglamento.