°. Con su declaración de renta y patrimonio el trabajador debe presentar un certificado del patrono en el cual conste la fecha de despido y la de reincorporación, si se produjere, el valor del salario devengado durante el mes inmediatamente anterior al despido, y el de la indemnización pagada.
Decreto 1986 de 1971 →Vigente
Artículo 3
Con Su Declaración De Renta Y Patrimonio El Trabajador Debe Presentar Un Certificado Del Patrono En El Cual Conste La Fecha De Despido Y La De Reincorporación, Si Se Produjere, El Valor Del Salario Devengado Durante El Mes Inmediatamente Anterior Al Despido, Y El De La Indemnización Pagada
Decreto 1986 de 1971 · Por el cual se reglamenta el parágrafo del artículo 6º de la Ley 27 de 1969
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.