En Desarrollo De Los Artículos 7° Y 10 De La Ley 388 De 1997, Los Niveles De Prevalencia En Las Determinaciones Del Ordenamiento Territorial, De Mayor A Menor Jerarquía Son Las Siguientes: A) Del Nivel Nacional; B) Del Nivel Departamental; C) Del Nivel Metropolitano; D) Del Componente General Del Plan De Ordenamiento Territorial; E) Del Componente Urbano O Rural Del Plan De Ordenamiento Territorial; F) De Los Planes Parciales; G) De Las Unidades De Actuación Urbanística
Decreto 1507 de 1998 · por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a planes parciales y a unidades de actuación urbanística contenidas en la Ley 388 de 1997.
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El texto del artículo
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°. En desarrollo de los artículos 7° y 10 de la Ley 388 de 1997, los niveles de prevalencia en las determinaciones del ordenamiento territorial, de mayor a menor jerarquía son las siguientes
a)
Del nivel nacional;
b)
Del nivel departamental;
c)
Del nivel metropolitano;
d)
Del componente general del plan de ordenamiento territorial;
e)
Del componente urbano o rural del plan de ordenamiento territorial;
f)
De los planes parciales;
g)
De las Unidades de Actuación Urbanística.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.