Micelio

Artículo 14

El Sellamiento De La Boletería Podrá Hacerse Para Los Períodos Previamente Establecidos Por La Compañía De Fomento Cinematográfico -Focine-, Pero En Todo Caso Deberá Cumplirse En Un Término No Mayor A Tres (3) Días, Contados A Partir De La Fecha De Presentación De La Boletería Por El Exhibidor

Decreto 2200 de 1991 · por el cual se reglamenta el sistema obligatorio de boletería única y control de asistencia a las salas de exhibición cinematográfica con fines comerciales establecido en el Decreto-ley 1903 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El sellamiento de la boletería podrá hacerse para los períodos previamente establecidos por la Compañía de Fomento Cinematográfico -Focine-, pero en todo caso deberá cumplirse en un término no mayor a tres (3) días, contados a partir de la fecha de presentación de la boletería por el exhibidor.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2200 de 1991