º . De la Junta Directiva. La Junta Directiva estará conformada por
El Ministro de Salud o su delegado, quien la presidirá.
El Director General de prevención y control del Ministerio de Salud o de la dependencia que haga sus veces.
Un representante designado por el Comité Científico del Instituto.
Un representante de las asociaciones científicas cuyo objeto tenga relación con las funciones del Instituto.
Dos representantes de la comunidad que serán elegidos por y entre los miembros de las organizaciones comunitarias de conformidad con la reglamentación que para el efecto establezca el Gobierno Nacional. El Director del Instituto Nacional de Cancerología, Empresa Social del Estado, tendrá derecho a voz pero no a voto.