º. Selección en las regionales o seccionales de la entidad. En las entidades donde existiere seccionales o regionales se seleccionará, conforme con las reglas establecidas en este decreto, al mejor empleado de cada uno de los niveles que conforman la regional o seccional, quien tendrá derecho a participar en la selección del mejor empleado de la entidad y a ser nombrado en un empleo de carrera de superior jerarquía en la respectiva seccional o regional, en los términos del artículo 11 de este decreto.
Decreto 1483 de 1996 →Vigente
Artículo 5
º
Decreto 1483 de 1996 · por el cual se reglamentan los artículos 10 y 12 de la Ley 190 de 1995.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.