°. Para reconocer, liquidar y pagar la prima técnica, cada organismo o entidad deberá contar con disponibilidad presupuestal acreditada por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, en la respectiva entidad. Así mismo, se requerirá certificado previo de viabilidad presupuestal expedido por la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o del organismo que corresponda en las entidades territoriales, quienes para el efecto deberán tener en cuenta las políticas de austeridad del gasto público.
Decreto 1724 de 1997 →Vigente
Artículo 2
Para Reconocer, Liquidar Y Pagar La Prima Técnica, Cada Organismo O Entidad Deberá Contar Con Disponibilidad Presupuestal Acreditada Por El Jefe De Presupuesto O Quien Haga Sus Veces, En La Respectiva Entidad
Decreto 1724 de 1997 · por el cual se modifica el régimen de Prima Técnica para los empleados públicos del Estado.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.