Son funciones de la Sección de Auditoría Externa
Seleccionar e investigar por métodos directos e indirectos a los contribuyentes del impuesto sobre la renta, a los responsables del impuesto sobre las ventas y a los contribuyentes de los impuestos Indirectos de Timbre y Papel Sellado, con base en los programas, manuales, reglamentos e instrucciones impartidos por la Subdirección de Determinación de Impuestos;
Coordinar con los Jefes de las Secciones de Auditoría Interna del Impuesto sobre la renta y del impuesto sobre las Ventas la labor de investigación tributaria;
Mediante auto comisorio dictado por el Jefe de la Sección, ordenar la investigación tributaria de los contribuyentes y responsables seleccionados, correspondientes a la Administración en materia de los impuestos sobre la renta, ventas e indirectos;
Comisionar a los Jefes de las Secciones de Auditoría Externa de las Administraciones o zonas diferentes para que investiguen a los contribuyentes o responsables relacionados o vinculados con aquellos sujetos que son objeto de auditaje tributario;
Enviar las investigaciones tributarias terminadas a las Secciones de Auditoría Interna de las Administraciones donde hubiere declarado el contribuyente por el período investigado, o dentro de la cual se encuentre residenciado si no hubiere declarado, para que se practiquen las respectivas liquidaciones de revisión o aforo;
Ampliar las actas de inspección de libros que le ordene la Subdirección de Determinación de Impuestos a través del Administrador;
Practicar las liquidaciones de Impuestos Indirectos que se deriven de las investigaciones realizadas y aplicar las sanciones correspondientes;
Controlar el cumplimiento de las normas del régimen tributario por parte de las entidades sin ánimo de lucro, instituciones de utilidad común, fundaciones de interés público o social, entidades oficiales, contribuyentes o no de los impuestos de renta, ventas e indirectos;
Controlar la liquidación del impuesto sobre las Ventas que se liquida y recauda en las Administraciones de Aduanas, y
Informar a la Subdirección de Determinación de Impuestos, al Administrador y a la División de Auditoría sobre las labores adelantadas, en la forma y periodicidad establecidas por la Subdirección de Determinación de Impuestos y por sus superiores inmediatos;