Micelio

Artículo 1

La Intendencia Procederá, Por Medio De La Secretaría De Hacienda, A Formar El In-Rentario De Los Blones Raí Eos D# Propiedad De Ja Intendencia, Y De Los Municipios, De La Instrucción Y Beneficencia Pública, Como También De La Nación

Decreto 1574 de 1924 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 6, dictado por la Intendencia Nacional del Chocó

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

" Articulo 1° La Intendencia procederá, por medio de la Secretaría de Hacienda, a formar el in-rentario de los blones raí eos d# propiedad de Ja Intendencia, y de los Municipios, de la Instrucción y Beneficencia Pública, como también de la Nación . "Dicho inventario irá acompañado de los títulos de propiedad y de los planos correspondientes. Todas los autoridades, nacionales, municipales e Intendenciales, de cualquier, orden, están, en el deber de acoger y cumplir las. instrucciones que sobre la formación del inventario de esos bienes dicto la Intendencia, por conducto do la Secretaría de Hacienda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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