Micelio

Artículo 1

Los Trabajadores Dependientes Con Contratos De Trabajo O De Aprendizaje Podrán Solicitar Directamente Su Afiliación Al Instituto De Seguros Sociales, En Las Dependencias Del Instituto Ubicadas Más Cerca Del Lugar De Trabajo O De Su Residencia, Cuando El Empleador No Los Hubiere Afiliado En La Forma Y Términos Previstos En La Ley O En Los Reglamentos Y Sin Perjuicio De Las Sanciones A Que Haya Lugar

Decreto 562 de 1990 · por el cual se establecen mecanismos para asegurar el pago de los aportes para la Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los trabajadores dependientes con contratos de trabajo o de aprendizaje podrán solicitar directamente su afiliación al Instituto de Seguros Sociales, en las dependencias del Instituto ubicadas más cerca del lugar de trabajo o de su residencia, cuando el empleador no los hubiere afiliado en la forma y términos previstos en la ley o en los reglamentos y sin perjuicio de las sanciones a que haya lugar. Para ello se sujetarán a lo establecido en el artículo 33 del Decreto 3063 de 1989 y demás disposiciones concordantes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 562 de 1990