Articulo 3° Las solicitudes para reservas globales a favor de Provisiones, a favor de Secciones Administrativas autorizadas para la adquisición de elementos, divo valor exceda de mil pesos, serán enviadas por los Ministerios y Departamentos Administrativos al Departamento de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con oficio por duplicado, así: "Señor Contralor General de la República. P/c. del Ministerio de Hacienda y Crédito Público", o "Señor Auditor Fiscal" según el caso, acompañando una relación precisa de los elementos o materiales que se proyecta adquirir con su valor, su destino y la explicación de la urgencia que haya para obtenerlos.
Artículo 3
Las Solicitudes Para Reservas Globales A Favor De Provisiones, A Favor De Secciones Administrativas Autorizadas Para La Adquisición De Elementos, Divo Valor Exceda De Mil Pesos, Serán Enviadas Por Los Ministerios Y Departamentos Administrativos Al Departamento De Presupuesto Y Contabilidad Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público, Con Oficio Por Duplicado, Así: "señor Contralor General De La República
Decreto 1646 de 1949 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la constitución de reservas para gastos públicos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.