Le corresponderá efectuar estudios, presentar al Directorio todas las iniciativas que estime conducentes para el cumplimiento de los objetivos del Fondo y mantener contacto directo con los Bancos Centrales de los Países Miembros.
Ley 29 de 1977 →Vigente
Artículo 27
La Presidencia Ejecutiva Es El Órgano Técnico Permanente Del Fondo
Ley 29 de 1977 · Por la cual se autoriza la adhesión de Colombia al Fondo Andino de Reservas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.