Micelio

Artículo 1

Decreto 946 de 1953 · Por el cual se crea el Consejo Nacional de Práctica Profesional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Créase a partir de la fecha, como dependencia del Ministerio de Higiene, el Consejo de Práctica Profesional y suprímense la Juntas de Títulos Médicos, Odontológicos, Farmacéuticos, Veterinarios, de Laboratorio Clínico y de Enfermería.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 946 de 1953