Para que una Facultad dental pueda expedir título de Odontólogo o Cirujano Dentista, se necesita que tenga un pensum de estudios por lo menos igual al de la Escuela Nacional de Odontología de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional, y sus estatutos, requisitos de admisión, organización, métodos de enseñanza y de trabajo, dotación, etc., sean aprobados por la Universidad Nacional. A ésta le es prohibido aprobarlos si son inferiores en todo o en parte a los similares de la Escuela Nacional de Odontología de la Universidad Nacional.
Ley 51 de 1937 →Vigente
Artículo 10
Ley 51 de 1937 · Por la cual se reglamenta el ejercicio de la Odontología
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.