Micelio

Artículo 397

En Caso De Sospecha De Zoonosis, La Autoridad Sanitaria Competente, Podrá Ordenar Capturas Individuales O Masivas De Animales Sospechosos, Para Someterlos A Observación En Sitio Adecuado Para Su Eliminación Sanitaria O Para Su Tratamiento, Lo Mismo Que Podrá Ordenar Y Efectuar Vacunaciones Cuando Lo Estime Necesario

Decreto 2278 de 1982 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Titulo V de la Ley 09 de 1979 en cuanto al sacrificio de animales de abasto público o para consumo humano, y el procesamiento, transporte y comercialización de su carne

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de sospecha de zoonosis, la autoridad sanitaria competente, podrá ordenar capturas individuales o masivas de animales sospechosos, para someterlos a observación en sitio adecuado para su eliminación sanitaria o para su tratamiento, lo mismo que podrá ordenar y efectuar vacunaciones cuando lo estime necesario.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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