Micelio

Artículo 101

Decreto 2 de 1982 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Titulo i de la Ley 09 de 1979 y el Decreto -Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se cumpla el criterio de ubicación del sitio de muestreo a una distancia de por lo menos ocho día-metros después de una perturbación y de dos diámetros antes de la siguiente, el mínimo número de puntos será: a) doce (12), para ductos o chimeneas circulares o rectangulares con diámetros reales o equivalentes iguales o superiores a 0.60 metros; b) ocho (8), para ductos o chimeneas circulares con diámetros entre 0.30 y 0.60 metros; c) nueve (9), para ductos o chimeneas rectangulares con diámetros equivalentes entre 0.30 y 0.60 metros. Cuando no se cumpla el criterio de los ocho y los dos diámetros, se escogerá un mayor número de puntos, según los procedimientos que para los efectos señale el Ministerio de Salud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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