Micelio

Artículo 2

Decreto 1559 de 1956 · Por el cual se conceden unos auxilios por una sola vez, y se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente. (Ministerio de Gobierno)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los auxilios ordenados por el artículo anterior se pagarán con arreglo a las respectivas normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones y de acuerdo con las que para el efecto determine la Contraloría General de la República en desarrollo de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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