Oficina Asesora Jurídica . Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica, las siguientes: 11.1 Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias del Instituto en la interpretación de las normas constitucionales y legales, en el trámite y solución de asuntos de carácter jurídico. 11.2 Conceptuar en las materias de su competencia. 11.3 Representar judicial y extrajudicialmente al Instituto por intermedio de los abogados de planta o mediante abogados externos, en los casos en que determine el Director General. 11.4 Recopilar, actualizar y sistematizar las normas legales y reglamentarias, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina que tengan relación con la misión y competencias del Instituto y propender a su difusión. 11.5 Orientar a las dependencias del Instituto y adelantar desde el punto de vista jurídico y con aplicación de las normas vigentes, las actividades relacionadas con los procesos de contratación. 11.6 Velar por la custodia de los contratos celebrados durante cada vigencia fiscal y una vez liquidados los contratos disponer su remisión con antecedentes al Archivo General del Instituto. 11.7 Elaborar y presentar al Director General del Instituto los proyectos e iniciativas legales relacionadas con la misión institucional. 11.8 Estudiar y conceptuar sobre proyectos de decretos, acuerdos, resoluciones, convenios y demás actos administrativos que deba proponer o expedir el Instituto. 11.9 Compilar las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionadas con la actividad de la Institución y velar por su actualización y difusión. 11.10 Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en el campo jurídico requiera el Instituto. 11.11 Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 2232 de 2003 →Vigente
Artículo 11
Oficina Asesora Jurídica
Decreto 2232 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.