Micelio

Artículo 1

Mientras Dure El Presente Estado De Sitio, El Gobernador Del Departamento En Su Condición De Presidente Del Consejo Superior Universitario Podrá Ordenar, Por El Tiempo Que Considere Conveniente, La Suspensión De Las Tareas Docentes Y Académicas De La Universidad Del Valle O De Alguna O Algunas De Sus Divisiones

Decreto 815 de 1972 · Por el cual se dictan medidas relacionadas con la conservación del orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1 Mientras dure el presente estado de sitio, el Gobernador del Departamento en su condición de Presidente del Consejo Superior Universitario podrá ordenar, por el tiempo que considere conveniente, la suspensión de las tareas docentes y académicas de la Universidad del Valle o de alguna o algunas de sus divisiones. También podrá tomar las demás medidas académicas, administrativas o disciplinarias que los Estatutos y otras normas vigentes atribuyan al citado Consejo Superior Universitario, excepción hecha de la aprobación del presupuesto anual y la creación de unidades docentes o investigativas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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