Micelio

Artículo 10

Decreto 1747 de 1954 · Por el cual se adiciona y reforma el Decreto número 0837 de 1952

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase a las "Juntas Administradoras de Obras de Fomento Municipal", para cobrar, en los casos de alcantarillado que se ejecuten con préstamos del Instituto, y por el tiempo necesario a su amortización, un impuesto de valorización que en ningún caso será mayor de la cuota de amortización que represente el servicio y que será proporcional al avaluó catastral de las fincas. Este impuesto se aplicará exclusivamente a la amortización de dichos préstamos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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