INTERNACION DE QUIEN PADECE INMADUREZ SICOLOGICA. Si se tratare de una persona que padece de inmadurez psicológica, el juez ordenará su internación en establecimiento público, para que se le suministre educación o adiestramiento industrial, artesanal o agrícola con miras a su adaptación al medio social. Si sus parientes, mediante otorgamiento de caución que fije el juez, garantizan los fines señalados anteriormente, podrá ordenarse su internación en establecimiento particular aprobado oficialmente.
Decreto 2550 de 1988 →Vigente
Artículo 711
Decreto 2550 de 1988 · Por el cual se expide el nuevo Código Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.