Corresponde á la sección
3. La cuenta general que debe llevar el Ministerio de guerra de los caudales que se inviertan por este Departamento; La ordenación de gastos por anticipación; la liquidación de créditos, delegación de ellos y ordenación definitiva de gastos; La liquidación de pasaportes que se expidan á favor de la fuerza pública en comisión o por licencia; El examen y liquidación de los presupuestos y listas de revista del Ejército; La Revisión y fenecimiento primitivo de las cuentas que rindan los Consejos Administrativos de los Cuerpos y Estados Mayores, y las cuentas de los Hospitales Militares; Lo relativo á la contabilidad de la Escuela Militar de cadetes; Lo relativo á la subsistencia y ajustamiento militares en dinero o especies; Las legalizaciones de gastos hechos por oficinas dependientes del Ministerio; La formación del Presupuesto anual del Departamento de Guerra y del General que corresponde a este Ministerio y la liquidación de él, y El examen y sustanciación de todo negocio que se refiera al ramo de contabilidad y demás asuntos conexionados con él.