Micelio

Artículo 4

A La Solicitud Acompañarán Las Empresas Dichas Los Siguientes Documentos: A) Copia Auténtica De La Escritura O Escrituras Públicas Por Medio De Las Cuales Se Constituyó La Compañía O Sociedad, Y Un Ejemplar De Los Estatutos

Decreto 502 de 1923 · Por el cual se reglamentan las Leyes 37 de 1921 y 32 de 1922 sobre seguro colectivo obligatorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º A la solicitud acompañarán las empresas dichas los siguientes documentos

a)

Copia auténtica de la escritura o escrituras públicas por medio de las cuales se constituyó la compañía o sociedad, y un ejemplar de los estatutos. Cuando no existiere sociedad o compañía legalmente constituída , el dueño o dueños de la empresa deberán presentar los comprobantes que acrediten la propiedad de ella;

b)

Una copia del último balance general de sus negocios, firmada por el Gerente y demás empleados que de conformidad con los respectivos estatutos deben autorizar esa clase de documentos. Esto servirá para comprobar que el capital no es inferior de cincuenta mil pesos ($50,000);

c)

La nómina de los empleados y obreros que trabajan bajo su dependencia, con la especificación de los nombres y de los sueldos o jornales de cada uno de ellos, y

d)

Un certificado del Personero Municipal del lugar en donde se halla el asiento principal de los negocios, certificado en el cual debe constar que se ha prestado la caución suficiente para responder por el valor de los seguros que deban cubrirse.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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