Ley 43 de 1987 · por la cual se regulan varios aspectos de la Hacienda Pública en materia de presupuesto, crédito público interno y externo, impuestos directos e indirectos, se conceden y precisan unas facultades extraordinarias, se establece una inversión forzosa y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Autorízase al Gobierno Nacional y al Banco de la República para celebrar operaciones de crédito público interno hasta por 80.000 millones de pesos, destinados a la apertura de créditos suplementales y extraordinarios al Presupuesto Nacional de la vigencia fiscal de 1988.
Si la Contraloría General de la República llegare a certificar superávit fiscal en el ejercicio de 1987, la autorización de que trata el inciso anterior se reducirá en igual cuantía.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.