Micelio

Artículo 285

Ley 85 de 1916 · Sobre elecciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si el gobernador juzgare por el número, pequeño o grande, de sufragantes contenidos en cada censo, que se han formado fraudulenta o descuidadamente, o sin sujeción a las reglas legales, dispondrá que se abra la investigación del caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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