El Consejo de Estado procederá a nombrar un nuevo Magistrado pira cada tino de los Tribunales Seccionales de lo Contencioso Administrativo que, con el carácter y la asignación de Conjuez, actuará exclusivamente en el conocimiento y decisión de los asuntos electorales. Este nombramiento recaerá -invariablemente en persona que, además de reunir los requisitos legales para ser Magistrado, tenga la misma filiación política de la minoría del respectivo Tribunal.
En caso de empate, decidirá el Conjuez del Tribunal que sea favorecido en el sorteo correspondiente.
La elección de estos Conjueces se hará en la misma forma señalada para los que actúan en la Sala Electoral, del Consejo de Estado.