Micelio

Artículo 50

Las Obligaciones O Beneficios De Financiación Que Para El Gobierno Emanen Con Razón De La Colaboración U Obligaciones De Entidades Nacionales O Extranjeras, Relacionadas Con El Servicio De Investigación Y Extensión Agropecuarias, Que Realizaba La División De Investigaciones Agropecuarias, Se Cumplirán A Través De La Corporación Instituto Colombiano Agropecuario, De Conformidad Con Su Régimen Orgánico

Decreto 3117 de 1963 · <Por el cual se organiza el Ministerio de agricultura>

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las obligaciones o beneficios de financiación que para el Gobierno emanen con razón de la colaboración u obligaciones de entidades nacionales o extranjeras, relacionadas con el servicio de investigación y extensión agropecuarias, que realizaba la División de Investigaciones Agropecuarias, se cumplirán a través de la Corporación Instituto Colombiano Agropecuario, de conformidad con su régimen orgánico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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