Micelio

Artículo 16

Sin Perjuicio De Los Requisitos Establecidos En Las Normas Vigentes, A Partir Del 1°de Marzo De 1985, Los Responsables Del Impuesto Sobre Las Ventas Deberán Identificar En Sus Facturas De Venta El Régimen Al Cual Pertenecen (Común O Simplificado)

Decreto 3139 de 1984 · Por el cual se fijan los plazos y lugares para la presentación de las Declaraciones Tributarias por el año gravable de 1984, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de los requisitos establecidos en las normas vigentes, a partir del 1°de marzo de 1985, los responsables del impuesto sobre las ventas deberán identificar en sus facturas de venta el régimen al cual pertenecen (común o simplificado).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3139 de 1984