Micelio

Artículo 40

Ley 27 de 1947 · Por la cual se planifica y Nacionaliza la lucha contra la tuberculosis

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno tomará las medidas necesarias y suficientes a efecto de que ningún funcionario vise pasaportes de ingreso al país mientras el interesado no compruebe, en la forma que el reglamento señale, que está en posesión de su carnet sanitario con los requisitos que consagra el artículo 3º de esta Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 27 de 1947