El Gobierno tomará las medidas necesarias y suficientes a efecto de que ningún funcionario vise pasaportes de ingreso al país mientras el interesado no compruebe, en la forma que el reglamento señale, que está en posesión de su carnet sanitario con los requisitos que consagra el artículo 3º de esta Ley.
Ley 27 de 1947 →Vigente
Artículo 40
Ley 27 de 1947 · Por la cual se planifica y Nacionaliza la lucha contra la tuberculosis
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.